Crear una sociedad de telecomunicaciones o de servicios de comunicación en Ginebra: registro OFCOM, dirección en Suiza, números y LSCPT

por | Última actualización 18 de Sep de 2026

Crear una empresa de telecomunicaciones en Ginebra empieza casi siempre por una pregunta mal planteada: ¿qué licencia hay que pedir a la OFCOM? Ninguna. Desde el 1 de enero de 2021 la Oficina Federal de Comunicaciones ya no autoriza a nadie a prestar servicios de telecomunicaciones; registra a quienes utilizan números suizos o frecuencias sometidas a concesión, y deja libres a los demás. La pregunta correcta es la del recurso: ¿su proyecto necesita números suizos, frecuencias, o ninguna de las dos cosas?

De esa respuesta depende todo lo demás: la obligación de indicar una dirección de correspondencia en Suiza y un número de identificación de empresas, el riesgo de que le denieguen los números si la actividad no es realmente suiza, la exigencia de sede suiza para una concesión de radio, y la aplicación de la ley de vigilancia a servicios que la OFCOM nunca registra. RISTER® acompaña en Ginebra a operadores, editores de servicios de comunicación y sociedades extranjeras que necesitan una presencia suiza conforme, y le explica aquí lo que la ley exige de verdad.

Tres proyectos ginebrinos, tres regímenes

Ginebra alberga la sede de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y una densidad poco común de organizaciones, grupos y sociedades de servicios que compran conectividad, telefonía y plataformas de comunicación. Los proyectos que nacen en ese entorno se reparten en tres familias que la ley trata de forma distinta.

El régimen depende del recurso utilizado, no del servicio prestado (art. 4 LTC, art. 3 LRTV)
Proyecto Recurso del Estado utilizado Lo que exige la ley
Operador, OMV, telefonía IP o centro de atención con números suizos Recursos de direccionamiento nacionales Registro OFCOM, dirección de correspondencia en Suiza, IDE, tasas
Red de radio privada, radioenlace, evento con frecuencias dedicadas Frecuencias sometidas a concesión Concesión de radiocomunicación y dirección suiza si el solicitante es extranjero
Mensajería, videoconferencia o plataforma sin numeración suiza Ninguno Sin registro OFCOM, pero con obligaciones LSCPT
Radio, televisión o programa en línea Difusión de un programa suizo Comunicación previa, o concesión reservada a entidades con sede en Suiza

Un mismo proyecto puede figurar en dos líneas: un operador que explota números y frecuencias acumula ambos regímenes. En cambio, un revendedor ginebrino que comercializa los abonos de un operador registrado, sin números propios, no aparece en ninguna y no tiene nada que comunicar.

La licencia de la OFCOM ya no existe: el registro condicional desde 2021

El texto que tienen en mente sus interlocutores europeos es el antiguo artículo 4 de la ley de telecomunicaciones, que hasta finales de 2020 obligaba a comunicar la actividad a la oficina federal a cualquiera que prestara un servicio de telecomunicaciones, con independencia de su tamaño o de la técnica empleada. La revisión de 22 de marzo de 2019 suprimió ese deber universal.

El derecho vigente solo conoce el registro, reservado a los proveedores que utilizan radiofrecuencias cuya utilización está sometida a concesión o elementos de direccionamiento gestionados a nivel nacional (art. 4 ap. 1 LTC). Registrar no es autorizar: la OFCOM no valora el capital, ni la competencia técnica, ni el modelo de negocio. Registra y después publica la lista de proveedores registrados y de los servicios que ofrecen (art. 4 ap. 3 LTC). Los textos suizos no tienen versión oficial en español; las referencias siguen las versiones francesa, alemana e italiana.

El reglamento resume el procedimiento en un solo deber: comunicar a la OFCOM los datos necesarios para el registro e informarla de inmediato de cualquier modificación (art. 3 ap. 1 OST). Hay formulario y plataforma electrónica. Ningún texto fija un plazo de tramitación, y tampoco existe tasa específica: a falta de tarifa se factura el tiempo empleado, a 210 francos por hora (art. 6 OREDT).

Una consecuencia importa a los acuerdos mayoristas: un proveedor registrado solo puede permitir el uso de esos recursos a otro proveedor que se haya registrado previamente (art. 4 ap. 2 LTC). Un OMV ginebrino debe estar registrado antes de que su operador anfitrión le abra números, y este debe informar a la OFCOM cuando piense hacerlo.

El operador francés o europeo que quiere números suizos

Es el expediente más frecuente en Ginebra: una sociedad establecida en Francia, en España o en otro país europeo quiere ofrecer números suizos a sus clientes, abrir una línea de atención con número corto o alojar telefonía IP para empresas ginebrinas. Le esperan tres exigencias.

  • Un IDE y una dirección de correspondencia en Suiza, ambos publicados. Todo proveedor registrado debe indicar, mencionando su número único de identificación de empresas, una dirección en Suiza en la que puedan notificársele válidamente comunicaciones, citaciones y resoluciones, y la OFCOM publica esa dirección (art. 4 OST). Los solicitantes de números establecidos en el extranjero tienen idéntica obligación (art. 4 ap. 6 ORAT).
  • Prueba de la existencia jurídica: para una sociedad con sede en el extranjero, la OFCOM puede exigir un extracto actual y conforme del registro mercantil extranjero, además del IDE (art. 4 ap. 3 ORAT).
  • Un uso suizo: si los números no van a servir principalmente en territorio suizo, el reglamento habilita a la OFCOM para rechazar la solicitud (art. 4 ap. 5 letra c ORAT). Y en ningún caso existe un derecho a obtener un recurso concreto (art. 28 ap. 4 LTC).

Las tasas están fijadas: 420 francos por la atribución de un recurso de direccionamiento, 90 por un número individual, 200 francos anuales por la gestión de un bloque de números o de un indicativo y 1 500 francos anuales por la gestión de un número corto (art. 45 y 46 OREDT). Para una línea de atención ginebrina, esta última cifra vuelve cada año y se suma a lo que factura el operador que encamina las llamadas.

La solución que aplicamos en estos expedientes es una sociedad ginebrina, Sàrl o SA, que lleva el IDE, cuya sede es la dirección de correspondencia y que explota realmente el servicio en Suiza: contratos con clientes suizos, personal o mandatario que sigue las resoluciones de la OFCOM y contabilidad propia. La filial no es una exigencia legal; es la forma más segura de cumplir a la vez el reglamento y el motivo de denegación del art. 4 ap. 5 letra c ORAT.

Lo que una domiciliación en Ginebra puede hacer, y lo que no

Nuestro servicio de domiciliación en Ginebra responde exactamente a lo que piden los reglamentos: una dirección en Suiza donde puedan notificarse resoluciones con efectos jurídicos, atendida por una gestoría que recibe el correo, lo abre y lo transmite el mismo día a quien debe actuar. Una resolución notificada allí hace correr el plazo de recurso, la haya leído o no el destinatario final; la organización que hay detrás cuenta tanto como la dirección.

Importante

Los textos nunca emplean la palabra «representante». La dirección de correspondencia no es un representante fiscal a efectos del IVA ni un mandatario que responda en su lugar de las obligaciones de operador. Y una dirección por sí sola no crea el uso suizo que el reglamento exige para atribuir números: un proyecto explotado desde el extranjero, con clientela extranjera y una simple dirección en Ginebra, es justamente el supuesto en el que la OFCOM puede denegar. Ese tipo de expediente lo rechazamos.

Telecomunicaciones en Ginebra

Una sociedad ginebrina que sostiene el IDE, la dirección y los plazos

Constitución de la Sàrl o de la SA, inscripción en el registro mercantil e IDE antes de presentar nada ante la OFCOM, sede y dirección de correspondencia con seguimiento real de las notificaciones, IVA de las prestaciones de telecomunicaciones, contabilidad de abonos e interconexión, salarios: RISTER® monta la estructura y le dice cuándo una dirección no basta.

Hablar de su proyecto
Gestoría establecida en Ginebra, 25 años de experiencia.

Frecuencias, concesiones y radiodifusión

En materia de frecuencias, la ley parte de la libertad: el espectro puede utilizarse libremente respetando las prescripciones de uso (art. 22 ap. 1 LTC), antes de permitir al Consejo Federal someter determinadas bandas a concesión, a comunicación o a certificado de capacidad (art. 22 ap. 2). Quien solicite una concesión debe disponer de las capacidades técnicas necesarias y garantizar el respeto de la legislación aplicable (art. 23 ap. 1 LTC). La OFCOM indica que los solicitantes establecidos en el extranjero deben facilitar una dirección de correspondencia en Suiza y publica plazos orientativos: unos veinte días hábiles para una concesión fija, diez para una temporal y de tres a seis meses cuando hace falta coordinación internacional. Una solicitud con poca antelación soporta un recargo de 50 francos.

La reserva de reciprocidad apunta directamente a los grupos extranjeros: cuando ningún compromiso internacional lo impida, una empresa constituida bajo una legislación extranjera puede verse rechazada si su país no ofrece un trato equivalente (art. 23 ap. 2 LTC). Una sociedad de derecho suizo queda fuera de esa reserva.

La sede suiza se convierte en condición legal en cuanto el proyecto difunde programas. La ley de radio y televisión deja elegir entre comunicar previamente a la OFCOM o ser titular de una concesión (art. 3 LRTV). Pero la concesión, la que da acceso a un mandato de prestaciones, exige ser una persona física domiciliada en Suiza o una persona jurídica con sede en Suiza (art. 44 ap. 1 letra f LRTV), y puede denegarse a una persona jurídica bajo control extranjero, a una sociedad suiza con participación extranjera o a una persona física sin nacionalidad suiza cuando no está garantizada la reciprocidad (art. 44 ap. 2). Los concesionarios abonan un canon anual que no puede superar el 1 % de los ingresos brutos de publicidad y patrocinio (art. 22 LRTV).

La LSCPT: mensajerías, VoIP y acceso abierto a terceros

Muchos proyectos ginebrinos dan por hecho que, sin números suizos, escapan a toda obligación. La ley federal sobre la vigilancia de la correspondencia postal y de las telecomunicaciones dice lo contrario. Tienen deberes de colaboración, además de los operadores, los proveedores de servicios que se apoyan en servicios de telecomunicaciones y permiten una comunicación unilateral o multilateral, los explotadores de redes internas, quienes ponen su acceso a una red pública a disposición de terceros y los revendedores profesionales de tarjetas de acceso (art. 2 LSCPT).

Una mensajería, una herramienta de videoconferencia o una plataforma de telefonía IP editada desde Ginebra entra en la categoría de proveedor de servicios de comunicación derivados. Debe tolerar la vigilancia ejecutada por el Servicio o por quienes este designe y, sin demora, garantizar el acceso a sus instalaciones y facilitar la información necesaria para llevarla a cabo (art. 27 ap. 1 LSCPT), además de entregar a requerimiento los datos secundarios de que disponga (ap. 2). Si el servicio adquiere gran importancia económica o alcanza a un gran número de usuarios, el Consejo Federal puede imponerle todas o parte de las obligaciones más pesadas previstas para los operadores (art. 27 ap. 3).

La letra e alcanza también al hotel, al café o al espacio de trabajo compartido que abre su red a sus clientes. No es motivo para renunciar, sino para saber de antemano qué podrá pedir el Servicio y a quién.

IVA, contabilidad y cargas de una sociedad ginebrina

El IVA de las prestaciones de telecomunicaciones sigue el principio del destinatario: el lugar de la prestación es aquel en el que el destinatario tiene la sede de su actividad económica (art. 8 ap. 1 LIVA). Una sociedad ginebrina que factura a empresas establecidas en Francia presta servicios localizados en Francia, sin IVA suizo, y le conviene sujetarse voluntariamente para recuperar el impuesto soportado en sus equipos y compras. A la inversa, el operador extranjero que vende abonos a particulares en Suiza no queda liberado de la sujeción cuando presta servicios de telecomunicaciones o informáticos a destinatarios no sujetos (art. 10 ap. 2 letra b n.º 2 LIVA): pasa a ser sujeto pasivo desde 100 000 francos de cifra de negocios mundial y corresponde a nuestro servicio de IVA en Suiza y a la representación fiscal que describimos en nuestra guía sobre cómo intervenir en Suiza con una empresa extranjera.

La contabilidad de estas sociedades tiene partidas que no aparecen en otros sectores: ingresos por abonos cobrados por adelantado y repartidos en el tiempo, costes de interconexión y terminación facturados por el operador anfitrión, tasas anuales de la OFCOM, equipos amortizados con rapidez y compras en el extranjero sujetas al impuesto sobre las adquisiciones. Los salarios del personal técnico y de atención al cliente se rigen por las cargas sociales ginebrinas. La elección entre Sàrl y SA sigue la comparación de nuestra guía sobre cómo crear una Sàrl o una SA en Ginebra, y un programa de comunicación sin numeración se acerca más a lo que explicamos para crear una startup SaaS en Ginebra.

Consejo de RISTER

Constituya la sociedad y obtenga el IDE antes de presentar nada ante la OFCOM, y decida ya en los estatutos si explotará números suizos: el objeto social, la sede, el presupuesto de tasas y el seguimiento de las notificaciones dependen de ello. Para un grupo extranjero, defina desde el principio quién lee en Ginebra las resoluciones de la OFCOM y en qué plazo reacciona.

Los errores observados en estos expedientes

El primero es pagar a un intermediario por una «licencia OFCOM»: el registro no cuesta más que el tiempo empleado y solo existe para quien usa números o frecuencias.

El segundo es solicitar números suizos para una actividad explotada desde el extranjero: el reglamento permite la denegación y una dirección en Ginebra no lo cambia.

El tercero es elegir una dirección de correspondencia sin organización detrás: una resolución notificada hace correr los plazos, se lea o no.

El cuarto es lanzar una mensajería o un servicio de VoIP creyendo que ninguna ley se aplica: la LSCPT alcanza a los proveedores de servicios de comunicación derivados.

El quinto es olvidar el IVA: el operador extranjero que vende a particulares suizos pasa a ser sujeto pasivo, sin relación alguna con la OFCOM.

Preguntas frecuentes sobre crear una empresa de telecomunicaciones en Ginebra

¿Hace falta una licencia de la OFCOM para crear un operador en Ginebra?

No. Desde el 1 de enero de 2021 la OFCOM solo registra a los proveedores que utilizan radiofrecuencias sometidas a concesión o elementos de direccionamiento gestionados a nivel nacional, es decir números suizos (art. 4 ap. 1 LTC). No hay autorización, ni capital mínimo, ni cualificación exigida.

¿Puede una sociedad francesa o española obtener números suizos?

Puede solicitarlos, siempre que indique un IDE y una dirección de correspondencia en Suiza (art. 4 OST y art. 4 ap. 6 ORAT) y aporte un extracto de su registro mercantil. La OFCOM puede denegar los números que no vayan a utilizarse esencialmente en Suiza. Una sociedad ginebrina que explote realmente el servicio es la vía más segura.

¿Basta una domiciliación en Ginebra para registrarse ante la OFCOM?

Aporta la dirección de correspondencia que exige el reglamento, siempre que alguien reciba allí las resoluciones y las trate. No sustituye al IDE, ni al uso suizo que el reglamento espera de los números, ni a la sede suiza que exige una concesión de radio o televisión.

¿Cuánto cuestan los números y el registro?

El registro no tiene tarifa propia: las horas que la OFCOM dedica al expediente se facturan a 210 francos cada una. La atribución de un recurso de direccionamiento cuesta 420 francos, la gestión de un bloque de números 200 francos al año y la de un número corto 1 500 francos al año.

¿Está sometida a vigilancia una mensajería editada desde Ginebra?

Sí. Un servicio que se apoya en las telecomunicaciones y permite comunicarse entre personas entra en la categoría de servicios de comunicación derivados del art. 2 letra c LSCPT. Su editor debe aceptar la vigilancia ordenada por el Servicio, abrirle sus instalaciones y entregarle los datos secundarios que conserve (art. 27 LSCPT), aunque la OFCOM nunca lo registre.

¿Necesita sede en Suiza una radio ginebrina?

Para difundir mediante comunicación previa, no: basta avisar a la OFCOM (art. 3 LRTV). Para obtener una concesión, sí: solo puede obtenerla una persona física domiciliada en Suiza o una sociedad con sede en Suiza (art. 44 ap. 1 letra f LRTV), y el control extranjero puede costar la concesión si falta la reciprocidad.

Fuentes

Conclusión

Crear una empresa de telecomunicaciones en Ginebra no exige licencia alguna, pero sí una respuesta clara a una pregunta: ¿qué recurso del Estado utiliza su proyecto? Los números suizos y las frecuencias traen consigo registro, IDE, dirección de correspondencia publicada y tasas, y presuponen una actividad realmente suiza. Una mensajería o un servicio de VoIP sin números escapa a la OFCOM, pero no a la LSCPT. Una concesión de radio exige sede en Suiza. En todos los casos, la sociedad ginebrina no es un trámite: es la entidad que lleva la identificación, recibe las resoluciones y responde dentro del plazo.

RISTER – Gestoría en Ginebra constituye esa sociedad en el marco de nuestro servicio de creación de sociedades en Suiza, le da una sede con seguimiento real de las notificaciones y lleva después su contabilidad, sus salarios y su fiscalidad. No instalamos direcciones sin organización detrás y se lo decimos cuando un proyecto no cumple las condiciones del reglamento. Para hablarlo, contáctenos.

Andrés Taracido, experto fiduciario en Ginebra
Escrito por

Andrés Taracido

Experto principal de RISTER®, fiduciaria en Ginebra. Diploma federal de experto en finanzas e inversiones, CIWM, STEP/TEP, CAS en fiscalidad de las pymes, miembro de la IAF.

Más de 25 años de experiencia en el acompañamiento de emprendedores, pymes y estructuras internacionales: constitución de sociedades, fiscalidad, administración y gestión en Suiza.