En Ginebra la pregunta llega casi siempre formulada igual: ¿necesitamos una autorización de gestora de patrimonios o de sociedad de valores? Los dos estatutos están en la misma ley y los otorga la misma autoridad, pero no se parecen. Todo depende de una fórmula: la gestora dispone de los activos en nombre y por cuenta de sus clientes; la sociedad de valores en Ginebra, como en cualquier cantón, negocia valores mobiliarios en su propio nombre por cuenta de ellos. De ahí se derivan un capital de 1,5 millones de francos íntegramente desembolsado, un procedimiento y una supervisión que no son los mismos.
Índice
- Dos estatutos, una ley, una fórmula que los separa
- Los tres casos de la sociedad de valores
- 1,5 millones, desembolsados y mantenidos
- Lo que hay que reunir antes de presentar
- La vida bajo supervisión
- Cotizar precios, cruzar órdenes, negociar tokens
- Constituir la sociedad en Ginebra
- Los errores que cuestan una solicitud
- Preguntas frecuentes
Dos estatutos, una ley, una fórmula que los separa
Empezamos por la distinción porque condiciona todo lo demás, y porque la FINMA, que describe cada estatuto en su propia página, nunca los pone uno junto al otro.
La gestora de patrimonios puede, con base en un mandato y a título profesional, disponer de los valores patrimoniales de sus clientes en nombre y por cuenta de ellos (art. 17 ap. 1 LEFin). El cliente sigue siendo parte frente al banco; la gestora ejerce un mandato sobre activos que no pasan por su balance.
La sociedad de valores negocia valores mobiliarios en nombre propio por cuenta de clientes (art. 41 letra a LEFin). Su sociedad pasa a ser contraparte, soporta la liquidación y figura como tal ante el mercado.
Si su proyecto consiste en gestionar carteras por mandato, es el primer estatuto, que tratamos en nuestra guía sobre la gestión de patrimonios desde Ginebra. Si su sociedad transmite las órdenes en su propio nombre, es el segundo, y es el objeto de esta página. La diferencia alcanza incluso al accionariado: la adquisición de una participación cualificada en una sociedad de valores se comunica antes a la FINMA, algo que no se exige para las gestoras (art. 11 ap. 5 y 7 LEFin).
Los tres casos de la sociedad de valores
| Caso | Situación |
|---|---|
| a | Comercio de valores mobiliarios en nombre propio, por cuenta de clientes |
| b | Comercio a corto plazo por cuenta propia, actividad principal en el mercado financiero y uno de estos tres elementos: riesgo para el buen funcionamiento del mercado, condición de miembro de una plataforma de negociación o explotación de un sistema organizado de negociación |
| c | Comercio a corto plazo por cuenta propia con precios ofrecidos al público, de forma permanente o bajo demanda (creador de mercado) |
Fuente: ley sobre las entidades financieras (RS 954.1), art. 41, versión consolidada vigente, consultada en francés.
Basta con cumplir uno de los tres. El caso a es el corredor de toda la vida. Los casos b y c recogen el comercio por cuenta propia, pero nunca aislado: hace falta añadir la relevancia sistémica, la adhesión a una plataforma, la explotación de un sistema organizado de negociación o la cotización al público.
Un desk ginebrino que negocia por cuenta propia sin adherirse a ninguna plataforma, sin cotizar al público y sin dedicarse principalmente al mercado financiero queda fuera. El día que se adhiere, entra.
1,5 millones, desembolsados y mantenidos
La ley exige un capital mínimo íntegramente desembolsado y remite su importe al Consejo Federal. La ordenanza lo fija en 1,5 millones de francos como mínimo, íntegramente desembolsados y mantenidos de forma permanente (art. 69 ap. 1 OEFin).
Lo decisivo es lo último. No es una cantidad que se aporta al constituir y luego se gasta: la exigencia es continua, y un capital mermado por las pérdidas del arranque no se rehace la víspera de un control.
Dos situaciones reclaman además a un tercero. Si la sociedad se funda con aportaciones en especie, el valor de los activos aportados y los pasivos asumidos los verifica una sociedad de auditoría autorizada; lo mismo vale para la transformación de una empresa existente en sociedad de valores (art. 69 ap. 2 OEFin). En Ginebra es una vía habitual: una gestora de patrimonios que empieza a ejecutar las órdenes de sus clientes en nombre propio cambia de estatuto, y esa verificación suele aparecer demasiado tarde en el calendario.
Su sociedad de valores en Ginebra
La FINMA estudia un expediente, pero primero mira una sociedad
Constitución de la SA y desembolso de los 1,5 millones, coordinación de la verificación por una sociedad de auditoría autorizada en caso de aportación en especie o de transformación, órgano de revisión, gobierno corporativo y actas, contabilidad y la sustancia ginebrina que una entidad supervisada debe poder demostrar: RISTER® pone en marcha y administra la sociedad junto al asesor regulatorio que presenta la solicitud.
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Lo que hay que reunir antes de presentar
La ley reúne las condiciones en pocos bloques: forma de sociedad mercantil (art. 42 LEFin), una organización con reglas de gobierno adecuadas, gestión de riesgos y control interno eficaz (art. 9), la garantía de una actividad irreprochable de la entidad y de sus administradores y directivos, con buena reputación y cualificación profesional (art. 11), y fondos propios, liquidez y reparto de riesgos adecuados (art. 46).
Lo que esa lista no indica es la secuencia. Quien deposita el expediente es una sociedad ya inscrita, que ha liberado su capital, designado su órgano de revisión y puesto su organización por escrito. Los frentes societario, bancario y regulatorio avanzan a la vez, y el más lento marca el ritmo. Los proyectos que se retrasan son casi siempre los que empezaron por el expediente regulatorio pensando en resolver la sociedad después.
La forma de trabajar con los clientes también se decide antes. Una sociedad de valores puede llevar cuentas de clientes para la negociación y, en ese marco, aceptar depósitos del público a título profesional (art. 44 LEFin), y la FINMA distingue en su lista entre las que llevan cuentas y las que no. Esa elección cambia el perfil de riesgo y pertenece al plan de negocio.
Consejo de RISTER
Si su gestora ginebrina contempla ejecutar órdenes en nombre propio, calcule primero el calendario de la transformación: verificación por la sociedad de auditoría, aumento del capital hasta 1,5 millones y nueva solicitud ante la FINMA. Iniciar la actividad antes de la autorización no es una opción.
La vida bajo supervisión
Aquí los dos estatutos vuelven a separarse. La gestora de patrimonios responde ante un organismo de supervisión autorizado por la FINMA; la sociedad de valores, directamente ante la FINMA (art. 61 LEFin).
Tiene además dos auditorías anuales: la prudencial, encargada a una sociedad de auditoría autorizada por la autoridad federal de supervisión de los auditores, y la de sus cuentas, según la revisión ordinaria y por una empresa supervisada por el Estado (art. 63 LEFin). Y es intermediario financiero a efectos de la ley contra el blanqueo por el mero hecho de su estatuto, con deberes de diligencia desde el primer cliente.
Cotizar precios, cruzar órdenes, negociar tokens
Cotizar precios. Ofrecer al público, de forma permanente o bajo demanda, precios de determinados valores mientras se negocia a corto plazo por cuenta propia es el caso c. Un contrato de provisión de liquidez puede encajar en él sin que nadie pronuncie la palabra creador de mercado.
Cruzar órdenes. El caso b remite a la explotación de un sistema organizado de negociación. Una sociedad que casa internamente las órdenes de sus clientes puede estar explotando uno sin proponérselo.
Negociar tokens. Si los tokens son valores mobiliarios, la plataforma puede encajar en la sociedad de valores, por el sistema organizado de negociación, o en el régimen de los sistemas de negociación basados en registros distribuidos. Los dos análisis se hacen juntos.
Constituir la sociedad en Ginebra
El capital exigido impone en la práctica la sociedad anónima; nuestra comparativa entre Sàrl y SA en Ginebra explica por qué, y el recorrido completo figura en la guía para crear una empresa en Suiza.
En una entidad bajo supervisión, la sustancia es una condición y no un margen de maniobra. Se espera que la sociedad se dirija desde Suiza, que sus órganos se reúnan en Ginebra, que las decisiones se tomen y documenten aquí y que las personas responsables puedan valorarse por su reputación y su trayectoria. Es también lo que diferencia una implantación ginebrina real de una dirección.
Para un bróker extranjero, abrir una sucursal en Ginebra y constituir una sociedad de valores suiza son dos caminos distintos: la sucursal que emplea en Suiza a personas que negocian valores, cierran operaciones o llevan cuentas de clientes en su nombre necesita su propia autorización de la FINMA (art. 52 LEFin).
Los errores que cuestan una solicitud
- Elegir el estatuto por el vocabulario del sector. «Bróker» no es un estatuto suizo: lo que cuenta es en nombre de quién actúa la sociedad.
- Tratar el capital como una aportación inicial. Se mantiene siempre.
- Olvidar la verificación por una sociedad de auditoría autorizada en una aportación en especie o en la transformación de una sociedad existente.
- Empezar por el expediente regulatorio. Lo presenta una sociedad ya constituida y organizada.
- Ver la sustancia como un asunto fiscal. En una entidad supervisada es una condición de autorización.
Preguntas frecuentes sobre la sociedad de valores en Ginebra
¿Cómo elegir entre sociedad de valores y gestora de patrimonios?
Viendo en nombre de quién actúa la sociedad. La gestora dispone por mandato de los activos de sus clientes en nombre y por cuenta de ellos. La sociedad de valores negocia valores mobiliarios en nombre propio por cuenta de sus clientes y se convierte en contraparte. Son dos autorizaciones distintas, con regímenes de capital y de supervisión diferentes.
¿Qué capital exige la ley?
Un mínimo de 1,5 millones de francos, íntegramente desembolsados y mantenidos de forma permanente. En caso de aportación en especie o de transformación de una empresa existente, una sociedad de auditoría autorizada verifica los activos aportados y los pasivos asumidos (art. 69 OEFin).
¿Negociar por cuenta propia basta para ser sociedad de valores?
No por sí solo. El comercio a corto plazo por cuenta propia debe ir acompañado de una actividad principal en el mercado financiero y de un riesgo para su funcionamiento, de la condición de miembro de una plataforma o de la explotación de un sistema organizado de negociación. La cotización de precios al público es un caso aparte.
¿Cuánto tiempo hay que prever?
Depende de la calidad del expediente y del estado de la sociedad al presentarlo. La solicitud la presenta una entidad ya constituida, con el capital desembolsado, el órgano de revisión nombrado y la organización por escrito. Lo societario, lo bancario y lo regulatorio avanzan en paralelo, y el más lento fija el calendario.
¿Se aplica la ley contra el blanqueo de capitales?
Sí. La sociedad de valores es intermediario financiero por su propio estatuto. Los deberes de diligencia, documentación y comunicación se aplican desde la primera relación de negocios y forman parte de la supervisión, no de una simple declaración.
¿Puede un bróker extranjero operar desde Ginebra sin sociedad suiza?
Necesita al menos una autorización de sucursal si emplea en Suiza a personas que, en su nombre y de forma permanente, negocian valores, cierran operaciones o llevan cuentas de clientes (art. 52 LEFin). Es un trámite distinto de la constitución de una sociedad de valores suiza, con consecuencias propias en capital y gobierno.
Fuentes
Conclusión
Crear una sociedad de valores en Ginebra empieza por una calificación, no por un formulario: ¿en nombre de quién actúa la sociedad? Si transmite las órdenes en nombre propio por cuenta de sus clientes, es este estatuto, con 1,5 millones de francos desembolsados y mantenidos, la verificación de una sociedad de auditoría autorizada en caso de aportación en especie o de transformación, y la supervisión directa de la FINMA. Si, en cambio, dispone de los activos por mandato y en nombre del cliente, se trata de gestión de patrimonios. RISTER® constituye y administra la sociedad ginebrina que llevará la autorización, desde la inscripción en el registro mercantil hasta la contabilidad y las nóminas, junto al asesor que presenta la solicitud ante la FINMA.




