Crear una agencia de IA o digital en Ginebra: lo que sus clientes ginebrinos y europeos le exigirán antes del primer proyecto

por | Última actualización 12 de Oct de 2026

Para crear una agencia de IA en Ginebra no necesita ningún permiso: ni la policía de comercio del cantón ni la Confederación regulan este oficio, y Suiza aún no tiene ley de inteligencia artificial. Las exigencias llegan de sus clientes. Un banco privado, un despacho de abogados o una clínica de Ginebra están sujetos a secreto; una inmobiliaria de Madrid o una tienda en línea de Lyon responden ante el RGPD y el Reglamento europeo de IA. Son sus obligaciones las que fijan qué puede hacer su agencia con sus datos, y aparecen en el contrato antes del primer proyecto. Esta guía las repasa desde el punto de vista de una agencia instalada en Ginebra.

Una agencia de IA en Ginebra: sin permiso ni título protegido

En Ginebra, una agencia de IA o digital abre sin autorización previa. La lista cantonal de actividades comerciales sometidas a autorización incluye, entre otras, el comercio ambulante, los establecimientos de hostelería, los taxis, los prestamistas y las subastas; el desarrollo web, la automatización y la inteligencia artificial no figuran en ella. No se exige diploma y la denominación «especialista en IA» no está protegida.

Entendemos aquí por agencia de IA o digital la empresa que construye herramientas para sus clientes: webs y aplicaciones, conexiones entre programas, asistentes conversacionales, lectura automática de documentos. La agencia que diseña campañas e identidades visuales es otro oficio, tratado en nuestra guía para crear una agencia de comunicación en Ginebra. La diferencia importa: la agencia que toca los datos de sus clientes cambia de categoría de riesgos.

El cliente ginebrino sujeto a secreto

Ginebra tiene una particularidad que muchas agencias descubren al negociar: buena parte de la clientela potencial está obligada al secreto. Bancos privados y gestores de patrimonio, despachos de abogados y notarios, médicos y clínicas, family offices: sus datos no circulan como los de una tienda en línea.

La Ley Federal de Protección de Datos (LPD) lo prevé de forma expresa: un cliente solo puede encargar un tratamiento a un tercero si ninguna obligación legal o contractual de guardar secreto lo impide (art. 9 ap. 1 letra b LPD). Según los datos y el secreto en juego, la respuesta puede ser no, o sí con condiciones estrictas: alojamiento en Suiza, ningún modelo externo, accesos nominativos, registro de cada operación. Decide el cliente; a la agencia le toca describirle con precisión adónde van los datos.

Pensemos en un banco privado ginebrino que quiere un asistente para clasificar la documentación de apertura de cuentas. Antes de escribir una línea de código, la agencia necesita saber si el secreto bancario y los compromisos contractuales del banco permiten un encargado externo, si los documentos pueden salir de sus servidores y si cabe un modelo de lenguaje explotado por un tercero. En expedientes así, la respuesta suele llevar a un modelo ejecutado en infraestructura situada en Suiza, lo que cambia el presupuesto, el plazo y el perfil técnico del equipo.

Lo que la LPD exige a la agencia

La agencia que trata datos personales por cuenta de un cliente es encargada del tratamiento, y el cliente sigue siendo responsable. El art. 9 LPD fija las condiciones: un contrato o la ley prevé el encargo, la agencia solo hace lo que el cliente podría hacer por sí mismo, y ningún secreto se opone. El cliente debe además asegurarse de que la agencia es capaz de garantizar la seguridad de los datos.

Cada herramienta externa es un nuevo encargado

Según el art. 9 ap. 3 LPD, el encargado solo puede subcontratar a un tercero con la autorización previa del responsable. El proveedor de alojamiento, la plataforma de automatización y el proveedor del modelo de lenguaje son terceros. La autorización se obtiene antes, mejor por escrito, y la agencia mantiene la lista al día.

Seguridad e incidentes

El encargado garantiza una seguridad adecuada al riesgo (art. 8 LPD) y comunica al cliente, sin demora, cualquier violación de la seguridad de los datos (art. 24 ap. 3). Una clave de acceso publicada por error, un archivo enviado al destinatario equivocado, una cuenta comprometida en un proveedor: después, es el cliente quien decide si informa al PFPDT y a las personas afectadas.

Una multa que apunta al fundador

La LPD no sanciona a la sociedad sino a la persona que actúa con intención: multa de hasta 250 000 francos, previa denuncia, para quien encarga un tratamiento sin respetar las condiciones del art. 9, comunica datos al extranjero contra lo previsto en el art. 16 o desatiende las exigencias mínimas de seguridad (art. 61 LPD). En una agencia de dos o tres personas, quien firma es quien responde.

Su agencia de IA en Ginebra

Primero la estructura, después los clientes exigentes

Constitución de la Sàrl o de la SA e inscripción en el registro mercantil de Ginebra, sede y gestión del correo oficial, contabilidad de proyectos y cuotas, IVA de los servicios vendidos en Suiza y en el extranjero, nóminas del equipo: RISTER® pone en marcha y administra su agencia para que sus clientes vean una empresa organizada antes de confiarle sus datos.

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Clientes en España y Francia: RGPD y contrato de encargo

Para una agencia ginebrina con clientes en España o Francia, Suiza tiene un argumento: en su informe del 15 de enero de 2024, la Comisión Europea mantuvo a Suiza entre los países con un nivel de protección adecuado. Una empresa de Madrid o de Lyon puede, por tanto, transmitirle datos personales sin garantías adicionales. Aun así, el RGPD marca la relación por dos razones.

La primera: su cliente es responsable del tratamiento según el RGPD y debe firmar con usted el contrato de encargo que describe el art. 28 ap. 3 (objeto, duración, tipos de datos, instrucciones documentadas, confidencialidad, asistencia, devolución o supresión al final). La segunda: «El encargado del tratamiento no recurrirá a otro encargado sin la autorización previa por escrito, específica o general, del responsable» (art. 28 ap. 2 RGPD). La regla coincide con la suiza, pero será su cliente español quien la invoque, con su propio modelo de contrato.

El RGPD puede aplicarse también directamente a la agencia cuando trata datos de personas que están en la Unión en relación con la oferta de servicios o el seguimiento de su comportamiento (art. 3 ap. 2 RGPD), por ejemplo en la analítica de una web dirigida al público español.

Consejo de RISTER

Pida a su cliente europeo su modelo de contrato de encargo desde la primera reunión y compárelo con sus herramientas reales. La agencia que descubre en la firma que debe justificar cada proveedor pierde semanas; la que llega con su lista, la ubicación de los servidores y las garantías de transferencia firma antes.

El Reglamento europeo de IA cruza la frontera

El Reglamento (UE) 2024/1689 se aplica a «los proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA que estén establecidos o ubicados en un tercer país, cuando los resultados de salida generados por el sistema de IA se utilicen en la Unión» (art. 2 ap. 1 letra c). Para una agencia ginebrina, el criterio se cumple en cuanto un entregable sirve a un cliente o a usuarios en España o en Francia.

Un caso concreto: una fundadora argentina instalada en Ginebra crea una agencia de dos personas y diseña para una inmobiliaria de Madrid un asistente que responde a los inquilinos sobre incidencias y pagos. Los inquilinos deben saber que interactúan con un sistema de IA, salvo que resulte evidente (art. 50 ap. 1), a más tardar en la primera interacción (art. 50 ap. 5), y esa obligación rige desde el 2 de agosto de 2026. Si el asistente lleva la marca de la inmobiliaria, ella lo ha encargado y lo pone en servicio con su nombre: en principio es la proveedora en el sentido del art. 3, punto 3, y la agencia es la desarrolladora. Si la agencia vende el mismo asistente a veinte inmobiliarias con su propia marca, la proveedora es la agencia.

Fecha Qué se aplica Fuente
2 de febrero de 2025 Disposiciones generales y prácticas prohibidas Art. 113 letra a, Reglamento 2024/1689
2 de agosto de 2026 Aplicación general, incluida la transparencia del art. 50 Art. 113; no aplazado por el Reglamento 2026/1744
2 de diciembre de 2026 Marcado de contenidos sintéticos de sistemas comercializados antes del 2 de agosto de 2026; prácticas prohibidas añadidas al art. 5 por el ómnibus Art. 111 ap. 4 y art. 113 letra a, según el Reglamento 2026/1744
2 de diciembre de 2027 Sistemas de alto riesgo del anexo III Art. 113 modificado por el Reglamento 2026/1744
2 de agosto de 2028 Sistemas de alto riesgo del anexo I (productos regulados) Art. 113 modificado por el Reglamento 2026/1744

Fuente: Reglamento (UE) 2024/1689 y Reglamento (UE) 2026/1744 de 8 de julio de 2026, DO de 24 de julio de 2026.

El ómnibus digital de julio de 2026 aplazó las obligaciones pesadas, no la transparencia. También reescribió la alfabetización en IA del art. 4: proveedores y responsables del despliegue adoptan medidas para apoyar la alfabetización de su personal, sin tener que garantizar un nivel concreto para cada persona. Para una agencia pequeña, eso significa una formación documentada del equipo, no un certificado.

¿Y la ley suiza de IA?

No existe, y no habrá una ley única. El Consejo Federal decidió el 12 de febrero de 2025 ratificar el Convenio Marco del Consejo de Europa sobre inteligencia artificial y avanzar mediante reformas sectoriales; el anteproyecto debería someterse a consulta a finales de 2026. Para el tratamiento de datos, el Encargado Federal de Protección de Datos y Transparencia (PFPDT) considera desde 2023, y lo reiteró el 8 de mayo de 2025, que la LPD ya se aplica a los sistemas de IA: entre otras cosas, las personas tienen derecho a saber si hablan o escriben con una máquina.

Una decisión basada exclusivamente en un tratamiento automatizado, con efectos jurídicos o que afecte de forma considerable a la persona, debe comunicársele, y la persona puede pedir que la revise un ser humano (art. 21 LPD). Una herramienta que descarta automáticamente solicitudes de alquiler, de crédito o reclamaciones entra en esta regla, en Suiza como en España.

El código de los autónomos y los contenidos generados

Muchas agencias de Ginebra trabajan con programadores autónomos que viven al otro lado de la frontera, en Francia, o en España en remoto. Ahí suele perderse la propiedad del código. La Ley de derecho de autor atribuye al empleador los derechos de uso sobre el programa que crea un trabajador en el ejercicio de su actividad (art. 17 LDA), pero esa regla solo vale para los asalariados. El autónomo conserva sus derechos mientras no los ceda, y la cesión de un derecho no incluye los demás salvo pacto en contrario (art. 16 ap. 2 LDA). Sin cláusula escrita, la agencia no puede transmitir a su cliente lo que nunca recibió.

Con los contenidos que produce un modelo, la cuestión es otra. El Instituto Federal de la Propiedad Intelectual (IPI) recuerda que el derecho de autor suizo solo protege obras creadas por un ser humano; un texto o una imagen generados sin aportación creativa humana no son obras. El cliente que paga por imágenes generadas no obtiene exclusividad alguna con una simple cláusula de cesión. El contrato debe decirlo, indicar las condiciones de licencia de la herramienta y repartir el riesgo de vulnerar derechos de terceros.

Contrato de obra, mandato y cuota mensual

El derecho suizo no conoce un «contrato de agencia digital»; califica lo que usted hace. Entregar una web, una aplicación o una automatización definidas a cambio de un precio es, en principio, un contrato de obra (art. 363 del Código de las Obligaciones): el cliente revisa la obra al recibirla y señala los defectos (art. 367), y después puede rechazar una obra inservible u obtener una rebaja o la reparación (art. 368).

El soporte mensual, el asesoramiento y la optimización continua se parecen más al mandato (art. 394 CO), que cada parte puede revocar en cualquier momento (art. 404 ap. 1 CO). Si su contrato de acompañamiento se califica de mandato, su cliente ginebrino puede terminarlo de un día para otro, y solo le deberá una indemnización si lo hace en un momento inoportuno (art. 404 ap. 2). Un contrato redactado sobre un modelo español de prestación de servicios no cambia esta regla cuando se aplica el derecho suizo. Haga revisar la calificación por un abogado; nosotros extraemos las consecuencias contables, porque un ingreso revocable no es una cartera de pedidos.

Constituir la agencia en Ginebra

La Sàrl, con 20 000 francos de capital totalmente desembolsado, conviene a la mayoría de las agencias que arrancan con dos o tres socios. La SA, con 100 000 francos de capital y al menos 50 000 desembolsados, se justifica cuando entra un inversor o los clientes bancarios esperan una contraparte más sólida. Las etapas, hasta la inscripción en el registro mercantil de Ginebra, se describen en nuestra guía para crear una empresa en Suiza.

Tres puntos contables y fiscales aparecen en toda agencia de IA ginebrina:

  • IVA: los servicios a un cliente establecido en España o en Francia quedan en principio fuera del IVA suizo, porque cuenta el lugar del destinatario (art. 8 ap. 1 de la ley del IVA); las compras de servicios en el extranjero siguen las reglas del impuesto sobre las adquisiciones, explicadas en nuestra guía completa del IVA en Suiza.
  • Ingresos recurrentes: las cuotas cobradas por adelantado se reparten en el periodo que cubren; un cuadro de mando que confunde cobros y ventas sobrestima el margen.
  • Proyectos a precio cerrado: el trabajo en curso al cierre debe valorarse, si no el resultado de cada ejercicio depende del calendario de facturación.

Si además vende herramientas propias por suscripción, nuestro artículo sobre cómo crear una startup SaaS en Ginebra completa el panorama.

Errores frecuentes

  • Proponer un modelo externo a un cliente sujeto a secreto sin comprobar que su secreto permite un encargado (art. 9 ap. 1 letra b LPD).
  • Firmar el contrato del cliente español sin revisar la lista de subencargados: la autorización previa por escrito del art. 28 ap. 2 RGPD vale para cada herramienta.
  • Olvidar que el asistente habla con usuarios europeos: la información del art. 50 del Reglamento de IA rige desde el 2 de agosto de 2026.
  • Pagar a un autónomo sin cláusula de cesión y prometer después al cliente la propiedad del código.
  • Vender contenidos generados como creaciones exclusivas.
  • Contar una cuota de doce meses como ingreso seguro cuando un mandato se revoca en cualquier momento.

FAQ: crear una agencia de IA en Ginebra

¿Hace falta un permiso para abrir una agencia de IA en Ginebra?

No. Las agencias de IA o digitales no figuran entre las actividades comerciales sujetas a autorización en el cantón de Ginebra, y no existe ninguna autorización federal para este oficio. La sociedad se inscribe en el registro mercantil por la vía habitual. Las obligaciones proceden de la protección de datos, del derecho de autor, del Código de las Obligaciones y, para los clientes de la Unión Europea, del RGPD y del Reglamento de IA.

¿Puede una agencia ginebrina tratar datos de un banco privado?

Sí, si el secreto al que está sujeto ese banco no lo impide. El art. 9 ap. 1 letra b LPD solo admite el encargo cuando ninguna obligación legal o contractual de secreto se opone. Según el secreto en juego, el banco puede exigir alojamiento en Suiza, ningún modelo externo y accesos estrictamente nominativos; decide a partir de la descripción precisa que le entregue la agencia.

¿Puede un cliente español confiar datos a una agencia en Ginebra?

Sí. En su informe del 15 de enero de 2024, la Comisión Europea confirmó que Suiza garantiza un nivel de protección adecuado, de modo que la transferencia no requiere garantías adicionales. El cliente debe, en cambio, firmar el contrato de encargo que exige el art. 28 ap. 3 RGPD, y la agencia no puede recurrir a otro encargado sin su autorización previa por escrito.

¿Se aplica el Reglamento europeo de IA en Ginebra?

Sí, en cuanto los resultados del sistema de IA se utilizan en la Unión Europea (art. 2 ap. 1 letra c del Reglamento 2024/1689). Las obligaciones de transparencia del art. 50 rigen desde el 2 de agosto de 2026, por ejemplo avisar a los usuarios españoles de un asistente de que tratan con una IA. Las obligaciones de alto riesgo se aplazaron al 2 de diciembre de 2027 y al 2 de agosto de 2028 por el Reglamento 2026/1744.

¿De quién es el código de un programador autónomo?

Del autónomo, salvo cesión por escrito. El art. 17 LDA atribuye al empleador los derechos sobre el programa creado por sus asalariados, no por profesionales independientes. La agencia debe obtener una cesión que cubra todos los usos que promete a su cliente, porque la cesión de un derecho no incluye los demás salvo pacto en contrario (art. 16 ap. 2 LDA).

¿Qué forma jurídica conviene a una agencia de IA en Ginebra?

La Sàrl, con 20 000 francos de capital totalmente desembolsado, conviene a la mayoría de las agencias al principio. La SA, con 100 000 francos de capital y al menos 50 000 desembolsados, tiene sentido cuando entra un inversor o los clientes institucionales lo esperan. En ambos casos, la responsabilidad limitada no cubre las multas de la LPD, que recaen en las personas físicas.

Fuentes

Conclusión

Una agencia de IA en Ginebra se constituye en pocas semanas y sin permiso, pero solo vende a clientes con obligaciones propias: secreto bancario o profesional, RGPD, Reglamento de IA. Esos clientes hacen las preguntas correctas en la primera reunión; la agencia que responde con una lista de subencargados, una ubicación de datos, cesiones de derechos en regla y contratos bien calificados se gana su confianza. RISTER acompaña a los fundadores de agencias en Ginebra en la constitución de su sociedad y después en su contabilidad, su IVA y sus nóminas, con una dirección que suma 25 años de experiencia al servicio de las empresas ginebrinas.

Andrés Taracido, experto fiduciario en Ginebra
Escrito por

Andrés Taracido

Experto principal de RISTER®, fiduciaria en Ginebra. Diploma federal de experto en finanzas e inversiones, CIWM, STEP/TEP, CAS en fiscalidad de las pymes, miembro de la IAF.

Más de 25 años de experiencia en el acompañamiento de emprendedores, pymes y estructuras internacionales: constitución de sociedades, fiscalidad, administración y gestión en Suiza.