Crear una empresa medtech o actuar como mandatario suizo (CH-REP) en Ginebra: ODim, CHRN, importador y distribuidor

por | Última actualización 18 de Sep de 2026

Crear una empresa de dispositivos médicos en Ginebra responde casi siempre a una de dos situaciones. O bien un fabricante de España, de otro país de la Unión Europea o de América Latina quiere vender a clínicas y hospitales suizos y necesita una sociedad establecida en Suiza; o bien un equipo instalado en Ginebra diseña un dispositivo, lo hace fabricar y quiere venderlo en Suiza y en Europa. En ninguno de los dos casos hace falta una autorización de explotación, pero la ley suiza atribuye a la sociedad ginebrina funciones concretas que solo se cumplen con una organización real.

RISTER® le explica qué exigen esas funciones, qué cambia la clase del dispositivo y cómo estructurar una sociedad en Ginebra capaz de responder a Swissmedic.

¿Dispositivo médico o medicamento? La pregunta previa a los estatutos

Antes de crear una empresa de dispositivos médicos en Ginebra conviene calificar el producto, porque de ello depende todo lo demás. Para la Ordenanza suiza sobre los dispositivos médicos (ODim), es dispositivo médico el instrumento, aparato, software, implante u otro artículo destinado por su fabricante a un uso médico en personas, siempre que su acción principal no se consiga por medios farmacológicos, inmunológicos ni metabólicos (art. 3 ODim). Si el producto actúa por vía farmacológica, es un medicamento, con autorización de Swissmedic, responsable técnico y establecimiento inspeccionado: tratamos ese caso en nuestro artículo para crear una empresa farmacéutica en Ginebra.

Para los dispositivos médicos, Swissmedic es tajante: no están sometidos a autorización oficial, y la agencia se centra en vigilar el mercado. La contrapartida es clara: fabricantes, mandatarios, importadores y distribuidores solo pueden comercializar o poner en servicio un dispositivo una vez concluido con éxito el procedimiento de evaluación de la conformidad, también cuando se cede gratis o se alquila.

El fabricante español o europeo que vende en Suiza

Desde 2021, el acuerdo de reconocimiento mutuo entre Suiza y la Unión Europea no se actualiza para los dispositivos médicos. La Oficina Federal de Salud Pública (OFSP) extrae la consecuencia: Suiza recibe el trato de país tercero, aunque reconoce por su cuenta las evaluaciones de conformidad europeas. El marcado CE sigue siendo válido en Suiza (art. 13 ODim), así que el producto no se certifica de nuevo; lo que cambia es la cadena de operadores suizos que lo rodea, tanto si el fabricante está en Valencia como en Ciudad de México.

Lo que un fabricante establecido fuera de Suiza debe organizar
Exigencia Quién la asume Base legal
Mandato escrito a una persona establecida en Suiza Mandatario suizo (CH-REP) Art. 51 ODim
Comprobaciones previas y nombre y dirección en el dispositivo, el embalaje o un documento adjunto Importador establecido en Suiza Art. 53 ODim
Registro ante Swissmedic y número CHRN Mandatario e importador Art. 55 ODim
Etiquetado e instrucciones en las tres lenguas oficiales, salvo excepciones Fabricante Art. 16 ODim

Mandatario e importador son funciones diferentes. Importador es la persona establecida en Suiza que introduce en el mercado suizo un dispositivo procedente del extranjero (art. 4 ODim): la sociedad ginebrina que compra a su matriz española y revende en Suiza es importadora, digan lo que digan sus contratos. Antes de la primera venta verifica el marcado, la declaración de conformidad, el etiquetado y que el fabricante haya designado mandatario, y después indica su nombre, su sede y su dirección en el dispositivo, su embalaje o un documento que lo acompañe (art. 53 ODim). Una misma sociedad ginebrina puede asumir ambas funciones, lo que suele ser la solución más coherente para una filial de un grupo extranjero. Las obligaciones generales de una empresa extranjera que opera en Suiza se detallan en nuestra guía para intervenir en Suiza con una empresa extranjera.

Ser mandatario suizo desde Ginebra: lo que exige la función

Si el fabricante no tiene su sede en Suiza, sus dispositivos solo pueden comercializarse en el país cuando ha designado, mediante mandato escrito, un mandatario establecido en Suiza (art. 51 ODim). Para una sociedad ginebrina, representar a varios fabricantes puede convertirse en una actividad propia. No consiste en prestar una dirección.

  • Formalidades y seguridad: el mandatario asume las formalidades de la comercialización y las cuestiones de seguridad vinculadas (art. 51 ODim).
  • Documentación técnica: si se pacta que el fabricante la remite él mismo a Swissmedic, el mandatario debe asegurarse de que llega en siete días.
  • Persona competente: el mandatario tiene que poder contar, de forma permanente y sin interrupción, con al menos una persona responsable del cumplimiento de la normativa (PRRC) con la experiencia exigida (art. 52 ODim).
  • Alcance del mandato: según Swissmedic, la designación abarca como mínimo todos los dispositivos de un mismo grupo genérico.
  • Etiquetado: el nombre y la dirección del mandatario deben aparecer junto al símbolo CH-REP; un apartado de correos, un correo electrónico o un teléfono no son suficientes.

El CHRN empieza en el registro mercantil

Mandatarios e importadores se registran ante Swissmedic antes de la primera comercialización y reciben un número de registro único suizo, el CHRN (art. 55 ODim). La solicitud se presenta en el módulo Actors de swissdamed junto con una prueba de la sede en Suiza: extracto del registro mercantil o certificado de residencia. La sociedad ginebrina se constituye e inscribe, por tanto, antes de cualquier registro.

Desde el 1 de julio de 2026, también el registro de los propios dispositivos en swissdamed es obligatorio, con un periodo transitorio hasta el 31 de diciembre de 2026. Swissmedic cobra 300 francos por cada notificación prevista en la ODim, entre ellas las de los artículos 53, 54 y 108: un coste que un mandatario con varias gamas debe repercutir en sus honorarios.

Importante

Una sociedad domiciliada en Ginebra sin persona competente disponible no puede desempeñar correctamente la función de mandatario. Ante un requerimiento de Swissmedic, es ella quien responde, obtiene la documentación técnica en siete días y colabora en una eventual medida correctiva. Acepte un mandato CH-REP solo cuando exista la organización que lo sostiene.

Clase del dispositivo, carácter invasivo y organismo notificado

La clase no altera las obligaciones del mandatario, pero determina el camino del fabricante y, con él, el calendario del proyecto. La ODim reparte los dispositivos en las clases I, IIa, IIb y III según su finalidad y sus riesgos (art. 15), aplicando las reglas del anexo VIII del Reglamento (UE) 2017/745 sobre los productos sanitarios. Clasificar corresponde al fabricante.

Pesan sobre todo dos criterios. El primero es el carácter invasivo: el Reglamento considera invasivo el producto «que penetra completa o parcialmente en el interior del cuerpo, bien por un orificio corporal o a través de la superficie del cuerpo». El segundo es la duración del uso continuo: pasajero por debajo de sesenta minutos, a corto plazo hasta treinta días, prolongado por encima.

  • No invasivos: clase I en principio, salvo regla especial.
  • Invasivos por orificio corporal: clase I en uso pasajero, IIa a corto plazo, IIb en uso prolongado, con clases inferiores para la boca, el conducto auditivo y la cavidad nasal.
  • Invasivos de tipo quirúrgico: en principio IIa en uso pasajero o a corto plazo; los instrumentos quirúrgicos reutilizables se quedan en clase I, y el contacto directo con el corazón, el sistema circulatorio central o el sistema nervioso central lleva a la clase III.
  • Implantables y quirúrgicos de uso prolongado: en principio IIb, y clase III, entre otros, para implantes activos, implantes mamarios y prótesis articulares o de disco.

En clase I, el fabricante emite su propia declaración de conformidad tras elaborar la documentación técnica, con intervención limitada de un organismo notificado si el producto es estéril, mide o es un instrumento quirúrgico reutilizable (art. 52 del Reglamento). Por encima, evalúa un organismo notificado, y Swissmedic advierte que desde el 1 de abril de 2025 no queda ninguno designado en Suiza. Un fabricante ginebrino de dispositivos invasivos trabaja, por tanto, con un organismo notificado de la Unión Europea.

Medtech en Ginebra

Una sociedad ginebrina a la altura de su función regulatoria

Constitución e inscripción en el registro mercantil antes del registro CHRN, objeto social ajustado a la función de fabricante, mandatario o importador, IVA a la importación de los dispositivos comprados en el extranjero, contabilidad por lotes y nóminas: RISTER® prepara una estructura coherente con sus obligaciones, en coordinación con sus asesores regulatorios.

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Fabricar en Ginebra y vender en España o Francia

Para una sociedad ginebrina, la frontera funciona en los dos sentidos. El Reglamento europeo establece que, «cuando el fabricante de un producto no esté establecido en un Estado miembro, el producto únicamente podrá introducirse en el mercado de la Unión si el fabricante designa un único representante autorizado» (art. 11). El fabricante ginebrino que quiere suministrar a clínicas de Lyon o de Madrid designa, por tanto, un representante autorizado establecido en la Unión, además del organismo notificado necesario por encima de la clase I.

La sociedad que encarga la fabricación a un subcontratista y vende con su propia marca es fabricante en el sentido de la ODim, y debe contar con una PRRC en su organización (art. 49 ODim). El Reglamento admite que microempresas y pequeñas empresas recurran a una persona externa, siempre que puedan «disponer de tal persona de forma permanente y continua» (art. 15). Es la fórmula que suelen elegir las start-ups ginebrinas en sus primeros años, con un contrato que lo documente. Swissmedic precisa además que esa persona no tiene que residir en Suiza si está integrada de forma duradera en la organización.

Si el desarrollo requiere una investigación clínica en Suiza, el régimen depende del dispositivo. Los ensayos de categoría A, sobre un dispositivo ya marcado y utilizado según sus instrucciones, no necesitan autorización de Swissmedic (art. 7 de la Ordenanza sobre los ensayos clínicos con dispositivos médicos, OClin-Dim); los de categoría C, sobre un dispositivo sin marcado o empleado de otro modo, sí la necesitan, además del dictamen de la comisión de ética.

Oficina, taller o sala blanca: lo que revisa la OCIRT

Un mandatario o un importador trabaja en oficinas. Un fabricante que ensambla, acondiciona o esteriliza en Ginebra necesita en cambio locales adaptados, y ahí interviene el derecho laboral. Una empresa clasificada como industrial, o que ejerce alguna de las actividades enumeradas en la Ordenanza 4 de la Ley del Trabajo, somete sus planos a la aprobación de la autoridad cantonal antes de acondicionar.

En Ginebra, ese examen corresponde a la Oficina cantonal de inspección y relaciones laborales (OCIRT). Los grandes proyectos y las empresas industriales se atienden con cita previa, concedida en principio en un plazo de dos semanas. Para las empresas industriales, la OCIRT dicta una decisión de acondicionamiento, con el dictamen de la SUVA, y después una autorización de explotación tras una visita de entrada en funcionamiento. Las zonas industriales del cantón las gestiona la Fundación para los terrenos industriales de Ginebra (FTI). Construir una sala blanca antes de ese examen expone a rehacer las obras.

Aduana, IVA y fiscalidad ginebrina de una empresa medtech

  • Aduana: desde el 1 de enero de 2024, Suiza no cobra derechos de aduana sobre los productos industriales de los capítulos 25 a 97 del Sistema Armonizado, entre los que están los instrumentos y aparatos médicos. Los dispositivos comprados en España entran sin derechos, pero con declaración aduanera e IVA a la importación, como explicamos en nuestro artículo sobre las importaciones en Suiza.
  • IVA: el tipo reducido del 2,6 % se aplica a los medicamentos (art. 25 LIVA), y el dispositivo médico queda en el tipo normal del 8,1 %. Los tratamientos médicos están excluidos del impuesto, pero la entrega de prótesis y aparatos ortopédicos, fabricados o comprados, es una operación imponible (art. 21 LIVA): la sociedad ginebrina factura el IVA a la clínica o a la consulta que suministra. Nuestra guía completa del IVA en Suiza repasa la inscripción y la deducción del impuesto soportado.
  • Investigación y patentes: Ginebra concede una deducción adicional del 50 % de los gastos de investigación y desarrollo, pero solo una reducción del 10 % sobre los beneficios procedentes de patentes, frente al 90 % de Zúrich, Zug o Lucerna y el 60 % de Vaud. Detallamos ambos mecanismos en nuestro artículo para crear una startup SaaS en Ginebra.

La forma jurídica sigue a la función y a la financiación: una Sàrl suele bastar a un mandatario o a un importador, mientras que una sociedad anónima acoge con más facilidad a inversores. Comparamos ambas en GmbH/Sàrl o AG/SA en Ginebra.

Consejo de RISTER

Deje escrita la función de la sociedad en su objeto social y en cada contrato: fabricante, mandatario, importador o distribuidor. Un importador ginebrino que empieza a poner su marca en dispositivos fabricados en España se convierte en fabricante; un mandatario que revende los productos pasa a ser también importador. Cada cambio de función añade obligaciones ante Swissmedic, un registro y costes que es mejor prever que descubrir.

Errores que vemos en estos expedientes

  • Pensar que el marcado CE lo resuelve todo: el marcado está reconocido, pero el mandatario suizo y el importador siguen siendo obligatorios.
  • Aceptar un mandato CH-REP con una simple domiciliación: sin persona competente disponible en todo momento ni procedimiento para obtener la documentación en siete días, la función no se cumple.
  • Subestimar la clase de un dispositivo invasivo: se descubre tarde que hace falta un organismo notificado, hoy fuera de Suiza.
  • Olvidar el camino de vuelta: una start-up ginebrina que apunta al mercado español sin representante autorizado en la Unión.
  • Acondicionar antes de consultar a la OCIRT: un taller o una sala blanca construidos sin comprobar si los planos requieren aprobación.

Preguntas frecuentes: crear una empresa de dispositivos médicos en Ginebra

¿Puede una sociedad ginebrina ser mandataria suiza de un fabricante español?

Sí. Un fabricante sin sede en Suiza debe designar por escrito un mandatario establecido en Suiza (art. 51 ODim), y una sociedad ginebrina puede asumir esa función. Se registra ante Swissmedic, figura con su nombre y dirección junto al símbolo CH-REP y debe disponer de forma permanente de una persona responsable del cumplimiento de la normativa.

¿El fabricante español necesita además un importador en Suiza?

Sí, en cuanto un dispositivo procedente del extranjero se introduce en el mercado suizo. El importador es la persona establecida en Suiza que lo comercializa: verifica el marcado, la declaración de conformidad y la designación del mandatario, y añade su nombre y dirección al dispositivo o a su embalaje. Una misma sociedad puede ser mandataria e importadora.

¿Basta una domiciliación en Ginebra para obtener el número CHRN?

La solicitud exige una prueba de la sede en Suiza, como un extracto del registro mercantil, que una sociedad domiciliada puede aportar. Pero el CHRN no crea la organización: el mandatario tiene que responder a Swissmedic, conseguir la documentación técnica en siete días y contar en todo momento con una persona competente.

¿Puede un fabricante ginebrino vender sus dispositivos en España?

Sí, conforme a las reglas europeas para fabricantes establecidos fuera de la Unión: un único representante autorizado establecido en un Estado miembro y, por encima de la clase I, la evaluación de un organismo notificado. Desde el 1 de abril de 2025 no queda ningún organismo designado en Suiza.

¿Un dispositivo médico invasivo está siempre en una clase alta?

No. Un dispositivo invasivo por un orificio corporal utilizado menos de sesenta minutos, o un instrumento quirúrgico reutilizable de uso pasajero, es en principio de clase I. Los quirúrgicos y los implantables suben a las clases IIa, IIb o III según la duración de uso y la parte del cuerpo afectada, y la clasificación corresponde al fabricante.

¿Qué IVA pagan los dispositivos médicos importados a Ginebra?

El tipo normal del 8,1 %, ya que el reducido se reserva a los medicamentos. Estos productos industriales no pagan derechos de aduana desde el 1 de enero de 2024, pero el IVA a la importación se liquida en el despacho y una sociedad inscrita en el IVA lo recupera como impuesto soportado.

Fuentes

Conclusión

Crear una empresa de dispositivos médicos en Ginebra no requiere autorización, sino una función asumida con todas sus consecuencias. Para el fabricante extranjero que vende en Suiza, la sociedad ginebrina es mandataria y a menudo importadora, registrada ante Swissmedic con un extracto del registro mercantil y respaldada por una persona competente disponible en todo momento. Para el fabricante ginebrino, la clase del dispositivo decide si interviene un organismo notificado europeo, y vender en España o Francia exige un representante autorizado establecido en la Unión.

RISTER – Fiduciaria en Ginebra constituye la sociedad adecuada a esa función mediante nuestro servicio de creación de sociedad en Suiza, y lleva después su administración, contabilidad, nóminas y fiscalidad. No montamos mandatarios de fachada y le avisamos cuando falta un elemento de la organización. Para hablarlo, contáctenos.

Andrés Taracido, experto fiduciario en Ginebra
Escrito por

Andrés Taracido

Experto principal de RISTER®, fiduciaria en Ginebra. Diploma federal de experto en finanzas e inversiones, CIWM, STEP/TEP, CAS en fiscalidad de las pymes, miembro de la IAF.

Más de 25 años de experiencia en el acompañamiento de emprendedores, pymes y estructuras internacionales: constitución de sociedades, fiscalidad, administración y gestión en Suiza.